Esta decisión judicial es una manifestación propia del Estado de Derecho al constituir una afirmación inequívoca de la división de poderes y el sometimiento de los jueces al imperio de la Constitución y no a la ideología gubernamental. El Tribunal andaluz ha dado muestras de una honrosa imparcialidad a pesar del contexto hostil generado por las autoridades educativas andaluzas y el tejido social en el que se apoya.
La sentencia constituye un precedente que sentará doctrina sobre objeción de conciencia educativa, tanto por sus fundamentos jurídicos como por su fallo, ya que a diferencia de otras resoluciones judiciales en la materia, entra en el fondo del asunto y pondera adecuadamente el derecho de los padres y los hijos a la educación.
Dado que son decenas los recursos contenciosos administrativos pendientes en los tribunales españoles, de familias que defienden democráticamente su libertad educativa frente a la intransigente abuso de poder del Gobierno, es una buena noticia que el Derecho se haya impuesto en este caso, porque legitima jurídicamente la objeción de todas las familias españolas que se muestran disconformes con el adoctrinamiento que supone Educación para la ciudadanía.