Pero más allá de los contenidos concretos, lo grave y preocupante de esta asignatura obligatoria, evaluable y computable, es que pretende, tal como indica el propio Ministerio de Educación, “ayudar a los alumnos a construirse una conciencia moral”, algo que, indudablemente, no le compete.
Ante la gravedad de esta situación, los padres tenemos el derecho y la responsabilidad de impedir ese intento de adoctrinamiento, y defender a nuestros hijos para que no se les imponga una orientación moral determinada que lesiona nuestras convicciones.
Dado que, actualmente, la asignatura es obligatoria por mandato legal, y tras analizar las diferentes opciones, el único recurso inmediato en manos de los padres para ejercer nuestros derechos a la libertad de educación y a la libertad ideológica, es ejercer nuestro derecho a la objeción de conciencia. El derecho a la objeción de conciencia es, en este momento, el instrumento legal más adecuado para defender nuestro derecho como padres a la libertad de educación e impedir la manipulación ideológica de nuestros hijos, evitando así que asistan a las clases de esta asignatura. Se trata de un derecho constitucional que las autoridades educativas están obligadas a respetar, y que, en un Estado de Derecho, no puede suponer ningún perjuicio para nadie.
"Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones"
Contitución Española, de 1978 Art. 27.3